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Concejales del oficialismo presentaron un proyecto a comercios afectados por la cuarentena

2 jul 2020
2 min de lectura



Concejales del oficialismo piden que los comercios afectados por la cuarentena no paguen las tasas


Frente al difícil contexto económico, que surgen como consecuencia de los más de 100 días de cuarentena que venimos cumpliendo desde la firma del primer decreto allá por el 20 de marzo, es fundamental trabajar en alternativas que permitan aliviar la carga impositiva de las pequeñas y medianas empresas y comercios de nuestra ciudad.


En ese sentido, uno de  los instrumentos  que se puede gestionar desde el ámbito local es el otorgamiento de beneficios en tasas municipales a pequeños y medianos contribuyentes, que a raíz de las circunstancias actuales no hayan podido cumplir con las obligaciones fiscales que le correspondan.


El proyecto establece la eximisión del pago de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene, pago de la Tasa del Derecho de Ocupación o Uso de Espacio Público y del pago de derechos de publicidad y propaganda de los rubros seleccionados.


Por otro lado, también se presentó otro proyecto para solicitarle al Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, que gestione en carácter de urgente la eximición del impuesto a los Ingresos Brutos a las pymes radicadas en el partido de Bahía Blancas que se encuentren en los rubros alcanzados por la ordenanza original.


Los rubros que serán beneficiados son los siguientes.


- Gimnasios o Centros de Actividad Física (en las distintas actividades que estén nomecladas en la Ordenanza Impositiva para el ejercicio 2020)

- Rubro Indumentaria y Calzado (en las distintas actividades que estén nomecladas en la Ordenanza Impositiva para el ejercicio 2020)

- Gastronomía (en las distintas actividades que estén nomecladas en la Ordenanza Impositiva para el ejercicio 2020)

- Agencias o empresas de turismo (en las distintas actividades que estén nomecladas en la Ordenanza Impositiva para el ejercicio 2020)

- Hoteles o lugares de alojamiento (en las distintas actividades que estén nomecladas en la Ordenanza Impositiva para el ejercicio 2020)

- Academias de Danza, Artes Graficas o Escuelas Artísticas y/o Culturales (en las distintas actividades que estén nomecladas en la Ordenanza Impositiva para el ejercicio 2020)

 
 
 

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