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Conductores de aplicaciones en contra de la ordenanza que regula su actividad


Choferes de plataformas para el traslado de pasajeros se manifestaron hoy en el centro de Bahìa Blanca en rechazo a la una ordenanza que regula su actividad.


Los conductores, mayoritariamente de la empresa UBER, cuestionan:


-Documentación: para la habilitación les exigen firma en escribanía, pero plantean que si el trámite es presencial con DNI no debería ser necesario.


-Seguro: les piden un seguro contra terceros, pero ya de por si Uber da cobertura.


-Modelo de vehículo: según la nueva norma la antigüedad no puede superar los 13 años, pero Uber autoriza hasta 22. Piden extender el plazo de adecuación.


-Patente: solicitan más tiempo para poder ponerse al día con el pago del impuesto automotor.


Los nuevos requisitos son:


-Para habilitar el vehículo se debe presentar la siguiente documentación en la Oficina de Transporte Urbano (de lunes a viernes de 8 a 15 hs, en Shopping Paseo del Sol):


–Nota dirigida al intendente y certificada con firma ante escribano o notario público solicitando la autorización para la prestación del Servicio de Transporte Privado con la intermediación de Plataformas Independientes (STPPI).


– Original y 2 fotocopias de DNI del solicitante de habilitación con domicilio en Bahía Blanca.


– Original y 2 fotocopias del certificado de antecedentes penales.


– Original y 2 fotocopias de licencia de conducir con categoría habilitante D.1.


– Original y 2 fotocopias del título y cédula del automotor (13 años antigüedad y características según lo estipulado en el artículo 5 inciso a) de la Ley Nacional de Tránsito n° 24449*).


– Libre deuda de la Agencia de Recaudaciòn de la Provincia de de Buenos Aires (ARBA).


– Presentar la autorización otorgada por el propietario del vehículo automotor y la documentación que acredite el carácter de titular del autorizante.


– Original y 2 fotocopias de la Verificación Técnica Vehicular (VTV).


– Original y 2 fotocopias póliza de seguro (pers. transportadas y no transportadas. Transporte público).


– Original y 2 fotocopias de inscripción en la Agencia de Recaudaciòn y Control Aduanero (ARCA).


– Número de contribuyente otorgado por la oficina de Recaudación del Municipio.


– Fotocopia inscripción de la unidad y del conductor (alta en plataforma digital).


Después se realiza un informe solicitando un acto resolutivo de la habilitación del solicitante del servicio.


Una vez firmada la resolución de habilitación, el solicitante deberá:


– Presentar 2 fotos tamaño carnet para realizar el cartón habilitante.


– Llevar la unidad habilitada a un control vehicular que se realiza en las oficinas de la terminal San Francisco de Asís (dicho control se efectúa por cronograma cada 3 meses).


Para más información, contactarse por mail a transporte@bahiablanca.gov.ar o por whatsapp (únicamente mensajes por escrito): 2914629594.


Cabe aclarar que el artículo 5, inciso A, de la Ley Nacional de Tránsito, define a automóvil como un vehículo para transporte de personas de hasta 8 plazas (sin contar al conductor) y con cuatro o más ruedas, o aquellos de tres ruedas que superen los mil kilogramos de peso.


La ley se enfoca en este tipo de vehículos y se amplía con otras leyes y normativas para los diferentes tipos de automotores, como los de transporte.

 
 
 

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