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Falso testimonio: 3 años de condena para la consejera libertaria


El juez Ricardo Gutiérrez le impuso una pena de 3 años de prisión en suspenso a la consejera escolar libertaria Fiorella Belén Damiani por falso testimonio agravado, con lo cual la joven seguirá en libertad.


Damiani llegó al debate sospechada de acusar a 2 jóvenes de Punta Alta de haberla violado en 2017, aunque una serie de videos que uno de ellos guardó en su celular demostró que la relación del trío había sido consentida.


En los alegatos, formulados la semana pasada, el fiscal Mauricio Del Cero y el abogado Juan Vitalini, quien representa a Joaquín Álvarez y Fernando Pereyra, las víctimas, habían reclamado 9 años de prisión para la consejera de La Libertad Avanza y su inmediata detención. Tanto Vitalini como Del Cero aclararon que apelarán el fallo.


La defensa, representada por el abogado Sebastián Martínez, había pedido la absolución de Fiorella o, a modo subsidiario, que se le aplique el mínimo de la escala penal.


Las razones del fallo


La condenada recibió la sanción de 3 años de prisión, pero de ejecución condicional (después de ese monto la sanción debe ser efectiva), es decir que no irá a la cárcel salvo que cambie de domicilio sin avisar o no se someta al control del Patronato de Liberados, las únicas reglas de conducta que le fijaron por el tiempo de la condena.


Más allá de acreditar la autoría y penal responsabilidad de Damiani en el delito, el juez entendió que la ejecución de la condena en suspenso se justifica "teniendo en cuenta que la imputada no tiene antecedentes penales".


Y que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ("Squilario" y otros fallos) procura evitar que sean de encierro penas de corta duración, ante la demostrada imposibilidad de alcanzar en ese breve plazo la buscada reinserción social.


Por otra parte, Gutiérrez consideró como atenuante la "escasa edad" de Fiorella al momento del hecho (18 años), tras valorarla como "sinónimo de inexperiencia o inmadurez".


Al analizar la prueba, en las 83 fojas del fallo al que tuvo acceso La Nueva., el juez consideró que los videos (aportados por los jóvenes para asegurar que la relación había sido consentida) "muestran un escenario diverso y contrastante al evidenciado en las sucesivas declaraciones que realizó Damiani".


Y por otra parte aclaró que no se constataron lesiones en la mujer.


"Además de lo contundente de la prueba fímica/documental incuestionada en el debate en cuanto a su autenticidad, los instructores judiciales que recibieron las distintas declaraciones testimoniales dejaron en claro sus reparos acerca del posicionamiento de la presunta víctima", afirmó el juez.


Destacó como "incongruente" que Damiani, por un lado, dijo que producto de la ingesta alcohólica previa no podía moverse o expresarse, pero, por el otro, que recordaba que aquella noche hubo otras grabaciones y no se incorporaron a la causa.


La Justicia también se descartó el consumo de drogas de abuso o ketamina y remarcó que el alcohol no tuvo los efectos que pretende asignarle la acusada.

 
 
 

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